Fallo favorable al amparo presentado por el Defensor del Pueblo
LA JUSTICIA FALLÓ EN FORMA DEFINITIVA A FAVOR DEL DEFENSOR DEL PUEBLO Y ORDENA A OBRA SOCIAL A PROVEER MEDICAMENTOS DE POR VIDA, EN FORMA MENSUAL, CONSECUTIVA E ININTERRUMPIDA A AFILIADA CON DIABETES
De ahora en mas la medicación deberá ser entregada en forma mensual, consecutiva e ininterrumpida, bajo apercibimiento de ley y sin el requerimiento de presentar la receta mensualmente, de esta forma se resuelve el amparo interpuesto por el Defensor del Pueblo de la provincia de Jujuy a favor de la damnificada en contra de la obra social (OSPIP). Esta resolución ejemplificadora en materia de reclamos a Obras Sociales sienta precedentes en otras actuaciones que se están tramitando en la Defensoría del Pueblo por irregularidades en el servicio de las mismas.
Además es dable resaltar la celeridad en la resolución de los planteos del Defensor del Pueblo por parte de la Justicia ordinaria, que priorizó la salud de la paciente dando un trato expeditivo al caso tanto en la medida cautelar, como en el amparo.
HECHOS
El Defensor del Pueblo recepcionó el reclamo de una afiliada de la obra social que padece Diabetes Tipo2 y que requiere por prescripción médica un tratamiento con medicamentos específicos. Luego de agotar todas las vías administrativas de reclamo y gestión, el Defensor del Pueblo decidió presentar una Acción de amparo-Medida cautelar ante la Justicia Provincial, la jueza de feria declaró inhibición, por lo que, la medida cautelar fue resuelta por el Juez de la Cámara de Apelaciones de Feria, que hizo lugar a la presentación y ordenó la inmediata provisión del medicamento prescripto para el tratamiento de la enfermedad diagnosticada.
Sin embargo la cuestión de fondo se resolvió recién con el fallo de Cámara Civil y Comercial –Sala I-Vocalía 2 a cargo de la Jueza Dra. María Paganini, quien consideró que la presentación del Defensor acreditaba la verosimiltud en el derecho invocado y el peligro en la demora, priorizando el derecho a la salud, de rango constitucional.
PRECEDENTE
Las irregularidades que motivaron que el Defensor Galarza decidiera presentarse en la Justicia contra la obra social, son parte de una realidad que no escapa a las otras obras sociales que suelen negar información a esta institución por considerarse delegaciones con Casa Central en Buenos Aires y pretenden litigar en la Justicia de fuero federal. El Defensor del Pueblo anunció ante estas circunstancias seguirá recurriendo a la Justicia con aquellas que no cumplan con el PMO o se nieguen a brindar información para defender los derechos de afiliados de Jujuy.
Es también argumento común de las Obras Sociales referirse a la falta de competencia del Defensor del Pueblo de la Provincia de Jujuy, en base al desconocimiento de los alcances, funciones y atributos del mismo, tal es el caso del asesor legal de la obra social OSUTHGRA Obra Social de los Trabajadores Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina, que niega competencia para solucionar las denuncias en contra de la obra social. Este caso en particular es analizado por el Defensor del Pueblo para realizar las denuncias donde correspondan.
El Defensor recepciona diariamente una gran cantidad de reclamos de los afiliados de diferentes obras sociales tanto privadas como públicas como por ejemplo: por falta de entrega de medicamentos, falta de reintegros, de entrega de elementos como sillas de ruedas, etc, medicación oncólógica, demora en la entrega de prótesis, en tramites por cirugías complejas, falta de información en el traspaso de obras sociales y otros incumplimientos al PMO (Programa Medico Obligatorio, que generarán acciones en el corto plazo.